Vacaciones
Generales
Además a los días festivos donde no se tenga guardia asignada, los empleados tienen derecho al pago de vacaciones según conforme a la ley con base en la naturaleza de su Contrato de Trabajo
Calendarización
Con el fin de asegurar una adecuada rotación de personal y capacidad humana suficiente, las vacaciones deben solicitarse y autorizarse por adelantado.
Las vacaciones deberán ingresarse durante las últimas 4 semanas del año o bien, como máximo en las primeras 4 semanas del año en curso. El empleado deberá enviarlas apenas reciba la notificación del número de días asignados para el año laboral.
Aprobación
En caso de que no sean aprobados los días requeridos, se le invitara al empleado a solicitar fechas alternativas, por ejemplo cuando la oficina este con menos carga de trabajo y buscando no empalmar ausencias más de 2 ausencias.
La Dirección General o la Dirección de Operaciones tendrá la última decisión en cuanto a autorizar los días de vacaciones previamente solicitadas.
Limitaciones
Días Contínuos
Ningún empleado puede tomar más de 10 días de vacaciones sin la aprobación previa por escrito de la Dirección de Operaciones y de la Coordinación de su Área..
Reporte
Cuando el empleado tome vacaciones, deberá informar a la Dirección de Operación y su Coordinador de Área, los medios de contacto para localizarlo en caso de emergencia (teléfono móvil y correo electrónico personal)
En caso puestos Directivos también es requerido proporcionar las direcciones de ubicación en caso de emergencias.
Excepciones
El empleado podrá solicitar vacaciones si todavía no cumple el año de servicios en la parte proporcional que le corresponda siempre que haya laborado por lo menos 6 meses.
Vacaciones Pendientes
En el caso de rescisión del contrato o de vacaciones no devengadas, el número de días de vacaciones pendientes serán pagadas en parte proporcional a la fecha de terminación o del año laboral en cuestión
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